Digesto normativo de Agua y Saneamiento

Preguntas Frecuentes

Es un conjunto de normas de carácter general, permanente y vigente en la Argentina sobre la temática agua y saneamiento. Se trata de una compilación, despojado de comentarios de tipo axiológico, en la que a partir de la eliminación de las normas abrogadas y las caducas por cumplimiento de su objeto, se logra determinar el universo de las normas vigentes que refieren a los regímenes jurídicos especiales sobre el servicio público de agua potable y saneamiento, al plexo normativo del bien natural aguas, su gestión integral y los distintos usos, incluido el consumo humano a través del servicio público.

En Argentina no obran antecedentes de un digesto en el que se identifiquen en una plataforma web única, las normas vigentes y específicas sobre la temática. El plexo normativo de regulación del servicio de agua potable y el saneamiento y su acceso como derecho humano, requiere de un marco integral, para lo cual el digesto sienta las bases del inicio de la formulación de un proyecto de concertación federal y consecuente uniformidad en la adopción de criterios para una futura y primogénita ley nacional.

Por ello, la meta es proponer una plataforma donde las normas sean descritas de manera segura, confiable y de acceso universal, conteniendo un plexo normativo que regula el servicio de agua potable y saneamiento sistematizado en categorías integradas y adaptadas al contexto jurídico actual.

El análisis en las jurisdicciones provinciales y CABA, se circunscribe a las últimas cuatro décadas — 1980— cuando estos servicios de agua potable y cloacas pasaron a la órbita provincial por parte del Estado Nacional.

Las actividades para desarrollar el digesto consistieron en cuatro grandes ejes:
  1. Recopilar las leyes y sus decretos reglamentarios nacionales y provinciales, tratados con rango constitucional y normas internacionales de trascendencia.
  2. Ordenar las normas con criterios de localización e identificación.
  3. Sistematizar las normas conforme un enfoque epistemológico formal.
  4. Socializar la recopilación y sistematización digital.

El Digesto contiene únicamente los tratados con rango constitucional, las constituciones, código, leyes, decretos-leyes y decretos reglamentarios de alcance general y carácter permanente.

Son de alcance general aquellas normas que comprenden a los individuos en forma abstracta, es decir, objetiva, impersonal e indeterminada. Y de carácter permanente cuando la vigencia de la norma subsista hasta tanto la derogue otro acto legislativo dictado por el mismo órgano que lo emitió.

Por este motivo las normas de alcance particular y las de carácter transitorio no integran el Digesto, y tampoco lo integran normas de jerarquía inferior como Resoluciones y Disposiciones, salvo que la provincia haya regulado el servicio público de agua potable y saneamiento por Resolución y no por ley y/o Decreto.

La metodología de búsqueda referenciada, aborda la obtención de los datos y textos normativos considerando su fuente, es decir, de donde se obtuvo la información y contenido de cada norma que se selecciona como parte del contenido del digesto jurídico de agua potable y saneamiento. Se incluyeron la sistematización de datos de cada norma que refieren a: tipo de norma, número, fecha de publicación, -en defecto la de sanción, promulgación o dictado-, año , título, sumario y fuente de donde se obtuvo todos los datos, inclusive el texto .

El digesto jurídico de regulación del servicio de agua potable y el saneamiento, comprende las siguientes categorías de normas:
  • Tratados con rango constitucional.
  • Constitución Nacional.
  • Códigos Nacionales.
  • Ley Nacional de presupuestos mínimos de agua.
  • Constituciones Provinciales.
  • Códigos y Leyes provinciales de aguas y sus decretos reglamentarios.
  • Leyes y decretos reglamentarios del régimen del servicio público de agua potable y saneamiento.

La selección de las categorías de normas precedentemente expresadas se las ordena en orden cronológico y divididas en las siguientes jurisdicciones:
  • Internacional: Disposiciones con rango consticuional sobre agua y saneamineto
  • Nacional
  • Provincial: comprendiendo todas las provincias argentinas y CABA.

Tipo de norma

Esta categoría se refiere a la clase de norma y su jerarquía.

Conforme el artículo 31 de la Constitución Nacional dispone en orden jerárquico, la Constitución Nacional, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras , como ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas, no obstante cualquiera disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859.

Para las normas nacionales y provinciales se las categoriza en:

  • Constitución
  • Código
  • Ley
  • Decreto reglamentario

Para las que conforman el sistema internacional se las categorizan en:

  • Tratado internacional con rango constitucional o no.

Temporalidad de la norma

Refiere a las fechas de dictado de los decretos y publicación de las demás categorías de normas considerando los textos actualizados conforme reformas y /o modificaciones producidas. En defecto de no encontrar dichas fechas se identifica la fecha de promulgación y sanción.

Asimismo permite el análisis de su estado actual, es decir si fue modificada o complementada.

En esta categoría epistemológica se detectan:

  • Vigente
  • Modificada y/o complementada

Territorialidad

Especifica el lugar en que la norma es aplicada. Bajo esta categoría se clasifican las normas en:

  • Internacional
  • Nacional
  • Provincial